El Instituto Doméstico de Tránsito y Transporte Terráqueo (INTRANT) aclaró que siempre y cuando un transporte de cualquier tipo transite por las vías públicas en franca violación a las disposiciones contenidas en Ley 63-17, de Movilidad, Transporte Terráqueo, Tránsito y Seguridad Viario, las autoridades competentes podrán proceder a la retención temporal de dicho transporte. (Seguir leyendo…)
2021-12-08